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LEGUIZAMON, CARMEN BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia que ordenó a la ANSeS pagar diferencias retroactivas por reajustes jubilatorios, rechazando la inconstitucionalidad del artículo 3 de la ley 27.426 y ratificando el uso del índice ISBIC para actualización.

Recurso de apelacion Seguridad social Constitucionalidad Diferencias retroactivas Csjn Jubilaciones Actualizacion salarial Indice isbic Costas. Dnu 157/2018

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Carmen Beatriz Leguizamón, demanda a la ANSeS reclamando el pago de diferencias retroactivas por reajustes en su haber jubilatorio.
- La Cámara hizo lugar a la demanda en primera instancia y ordenó a la ANSeS pagar las diferencias, regulando honorarios en el 22%.
- La actora apela, cuestionando la aplicación del índice ISBIC y la constitucionalidad del artículo 3 de la ley 27.426.
- La Cámara confirma la sentencia, rechazando los agravios respecto a la constitucionalidad del artículo 3, por no haber sido cuestionado en instancia anterior y por la inconstitucionalidad del DNU 157/2018, y reafirma la utilización del índice en base a lo decidido en la CSJN.
- Se imponen costas a la demandada vencida, y se regula honorarios en el 30% de los de primera instancia.
- La decisión se fundamenta en la prevalencia del precedente "Blanco, Lucio" y en la jurisprudencia consolidada, además de considerar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018.

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