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KISHIMOTO, ROMINA c/ ENTIDAD DE MEDICINA PREPAGA AVALIAN s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la sentencia que rechazó la impugnación sobre el valor de la cuota y los honorarios en un amparo por incremento de cuotas de medicina prepaga. La decisión se fundamentó en que el valor de la cuota del mes de diciembre de 2023 fue correctamente tomado y que los honorarios no poseen base arancelaria, ajustándose a la jurisprudencia.

Recurso de apelacion Honorarios profesionales Valoracion de prueba Costas de alzada Camara federal Fallo confirmatorio Cuota de medicina prepaga Incremento tarifario Amparo ley 16.986 Incremento 40%


- Quién demanda: Romina Kishimoto

¿A quién se demanda?

Entidad de Medicina Prepaga Avalian

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión del valor de la cuota facturada en diciembre 2023 y regulación de honorarios del representante legal

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó los recursos de apelación y confirmó la sentencia de primera instancia

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara analizó los antecedentes y concluyó que la sentencia que tomó el valor de la cuota de diciembre 2023 fue correcta, considerando que el incremento del 40% fue informado y autorizado por Avalian en relación con el Decreto PEN 70/2023, y que los honorarios, por no tener monto arancelario, debían ajustarse a las pautas de valoración profesional, rechazando la impugnación por desproporcionada. Se precisó que la Corte Suprema elevó el valor del UMA a $57.016 desde junio de 2024, pero esto no altera la validez del cálculo en diciembre 2023. La unanimidad confirmó la sentencia, dejando costas de alzada al vencido.

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