ATAMANIUK HORACIO EMANUEL C/ BRITOS ROMINA GABRIELA SABRINA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La sentencia condenó a los demandados por daños derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 26/05/2018, confirmando la responsabilidad del demandado Britos y la aseguradora en la responsabilidad objetiva, y estableció una indemnización total de $5.603.020,48 con intereses desde la fecha del siniestro.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Horacio Emanuel Atamaniuk, demandó por daños y perjuicios tras un choque en el que resultó lesionado al ser embestido por el vehículo Peugeot 208 conducido por la demandada Britos, quien circulaba por calle Martin García en sentido norte-sur. La causa de la responsabilidad se fundamenta en que la motocicleta del actor circulaba por Berutti y cruzó la intersección sin respetar la prioridad de paso, siendo embestido en el lateral por el auto que ingresó sin ceder el paso. La pericia mecánica y la declaración testimonial del testigo Gatti lograron acreditar la mecánica del accidente y la responsabilidad del demandado, quien no presentó prueba suficiente que la contradijera. La sentencia resaltó que la conducta del demandado, que ingresó al cruce sin respetar la prioridad, constituye una responsabilidad objetiva prevista en el art. 1769 del CCyCN, y que además, la prueba documental y testimonial avalan la versión del actor. Se condenó a los demandados a pagar la suma de $5.603.020,48 por daños materiales, incapacidad física (7%), daño psíquico, daño moral, gastos terapéuticos, y daños materiales, con intereses del 6% anual desde la fecha del siniestro. La sentencia también rechazó los reclamos por privación del uso y disminución del valor de reventa del vehículo por carecer de prueba suficiente. La condena incluye costas y la regulación de honorarios. Fundamentos principales: "El accidente, génesis del reclamo, lo tengo por acreditado habida cuenta del reconocimiento de su ocurrencia en el escrito de responde, no obstante niega la demandada la mecánica descripta por la actora en el escrito introductorio... la mecánica de los hechos es la siguiente: la probable mecánica de los hechos es la siguiente: 1º fase-trayectorias previas: Automóvil Peugeot 208 conducido por la demandada, circulando por calle Martín García sobre la mano y con sentido N-S, moto Zanella RX150 al mando del actor, circulando por calle Berutti sentido E. 2º fase (contacto): Cuando la moto arriba a la intersección con calle Martin GARCIA, es embestida en su lateral delantero izquierdo con la sección frontal derecha del automóvil... La responsabilidad del demandado surge claramente del incumplimiento de la prioridad de paso, reglamentada por la normativa vigente y corroborada por la
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