FAMIGLIETTI ALEJANDRA C/ VALLE DE BRITO MARIA DEL ROSARIO Y OTRO/A S/ FIJACION PRECIO DE ALQUILERES
La sentencia reconoce el derecho real de habitación vitalicio y gratuito del cónyuge supérstite sobre un inmueble, y rechaza la demanda por canon locativo. La decisión se fundamenta en la ley 3573 bis y en la prueba documental y testimonial que acredita la vivienda en cuestión.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora Alejandra Famiglietti demanda a María del Rosario Valle de Brito y Andrea Famiglietti por el pago de canon locativo sobre un inmueble en San Justo, alegando ocupación exclusiva y excluyente.
- La demandada María del Rosario Valle de Brito, en su defensa, afirma que tiene derecho real de habitación en ese inmueble, que sería su domicilio y asiento del hogar conyugal, y que dicho derecho es vitalicio y gratuito, amparado por el art. 3573 bis del Código Civil.
- La demandada Andrea Famiglietti niega residir en el inmueble y presenta su domicilio en otra vivienda, con declaraciones testimoniales que corroboran su residencia en otro lugar.
- La sentencia analiza la prueba documental, la declaración de las partes y las testimoniales, concluyendo que la vivienda en cuestión fue el hogar conyugal y que la cónyuge tiene derecho real de habitación, por lo que no debe pagar canon locativo. Se ordena que la demandada Valle de Brito pueda habitar el inmueble en forma vitalicia y gratuita, y que la hija Andrea podrá habitar mientras conviva con su madre.
- La decisión se fundamenta en la ley 3573 bis y en la prueba documental que acredita el domicilio de la demandada en el inmueble, así como en la inexistencia de justificación para el pago de canon.
- Se imponen las costas a la parte actora vencida y se difiere la regulación de honorarios hasta que se actualice el valor locativo.
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