SAMUDIO, NICOLAS EDUARDO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. -0- s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La sentencia reconoce la existencia de un accidente laboral no registrado y condena a la aseguradora a pagar una indemnización de $291.827,98, por incapacidad física del 17,36%, y los intereses, en virtud de la responsabilidad del empleador y la normativa vigente en la ley 24.557, ajustada por las actualizaciones y tasas de interés aplicables.
- Quién demanda: NICOLAS EDUARDO SAMUDIO
¿A quién se demanda?
FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por accidente laboral, incapacidad y daños derivados del hecho ocurrido el 17/11/2017, con un monto de $1.044.354,96.
¿Qué se resolvió?
El tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la aseguradora a pagar $291.827,98, ajustados con intereses y actualizaciones, por considerar acreditada la relación laboral no registrada y la incapacidad del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De la lectura de las declaraciones obtenidas en sede penal, se desprende el hecho ocurrido en idéntica situación expresada por la actora en el escrito de demanda. Por otro lado, la parte demandada ninguna prueba insto a fin de demostrar que el actor no se encontraba dentro de la nómina de empleados de la Sra Bocchietti, más reconoció el contrato de afiliación vigente al momento del accidente. En el marco descripto, de comprobarse que el actor se encuentra incapacitado por el hecho denunciado, deberá la parte demandada ser responsable sin perjuicio de la repetición que podría instar a la empleadora del actor, todo ello en virtud de lo expresado en el art. 28 inciso 2 de la ley 24.557." "El peritaje en análisis se encuentran sólidamente fundado en virtud de argumentos científicos allí expresados, le otorgo pleno valor probatorio y convictivo... el actor presenta una incapacidad física parcial y permanente del 17,36% de la T.O., y la disminución en su capacidad laboral debe ser objeto de condena y por ende de indemnización." "Considerando la normativa vigente y la actualización por índices RIPTE y CER, el monto de condena se fijó en $291.827,98, con intereses y ajustes conforme a la jurisprudencia y la normativa aplicable."
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