PORTA AGUILAR, SANTIAGO LUIS Y OTROS c/ EN - M DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo modificó la regulación de honorarios del letrado Gonzalo M. Astigueta, reduciéndolos a $668.483 y fijando los honorarios por trabajo en alzada en $658.606, aclarando que no incluyen IVA y que el beneficiario debe depositar dicho impuesto si corresponde.
- Quién demanda: Santiago Luis Porta Aguilar y otros
¿A quién se demanda?
Defensa Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Honorarios profesionales por tareas realizadas en el proceso judicial
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la regulación de honorarios y redujo los montos inicialmente establecidos para el letrado Astigueta, además de fijar honorarios en alzada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró la naturaleza del juicio, la calidad, eficacia y extensión de la tarea desarrollada, el resultado del proceso y el monto del juicio, en virtud de las liquidaciones aprobadas en fechas 4/11/2020 y 30/6/2021. Se ajustaron los honorarios en función de estos elementos, conforme a los arts. 6, 7, 9, 37, 38 y ccdtes. de la ley 21839 modificada por la ley 24432, y a la normativa vigente de honorarios (arts. 16, 19, 29, 30, 44 y ccdtes. de la ley 27423 y resolución SGA 1860/2025). La resolución aclara que los importes no incluyen IVA, y que en caso de que el beneficiario acredite ser responsable inscripto en dicho tributo, deberá depositar el monto correspondiente adicionalmente. La decisión también deja constancia de la vacancia en la Vocalía Nro. 15 de la Sala.
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