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BOCANEGRA CASTRO, LILIANA JACKELINE c/ EN-M INTERIOR OP Y V-DNM s/RECURSO DIRECTO DNM

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia de primera instancia, revocando la decisión de rechazar el recurso y ordenando que la Dirección Nacional de Migraciones examine la caso a la luz de las nuevas disposiciones normativas, específicamente la modificación introducida por el decreto 366/2025, en relación a la situación migratoria de la actora.

Recurso de apelacion Proceso administrativo Expulsion Migracion Situacion migratoria Normativa vigente Corte suprema. Ley 25.871 Decreto 366/2025

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Liliana Jackeline Bocanegra Castro, demandó contra las disposiciones SDX 78876/18 y SDX 173689/19 de la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), que declararon irregular su estadía y dispusieron su expulsión.
- La instancia de primera instancia rechazó el recurso y confirmó dichas decisiones, considerando que las disposiciones fueron dictadas en cumplimiento de la normativa vigente y que la condena penal de la actora, de un mes de prisión condicional por hurto en grado de tentativa, encuadraba en las causales de expulsión previstas en la ley 25.871, en su versión original.
- La recurrente alegó que la normativa aplicable había sido modificada por el decreto 366/2025, promulgado el 28 de mayo de 2025, que introdujo una variación sustancial en el régimen migratorio, y solicitó que se revisara la decisión administrativa a la luz de dicha normativa.
- La Cámara, siguiendo la jurisprudencia de la Corte Suprema, revocó la sentencia de primera instancia y ordenó devolver las actuaciones a la DNM para que examine el caso conforme a las nuevas disposiciones normativas, ya que la modificación normativa implicó una profunda alteración del régimen anterior.
- La Cámara también consideró que la orden de expulsión no podía ser ejecutada hasta que exista firmeza en la decisión judicial, y que las costas de alzada se imponen a la parte vencida. Fundamentos principales: "En virtud de lo ordenado por la Corte federal, procede evaluar lo decidido en la instancia de origen y la situación migratoria de la Sra. Liliana Jackeline Bocanegra Castro de conformidad con la regulación que estableció la flamante normativa especial... La contundencia de la decisión adoptada y mantenida por la Corte en este ámbito y la autoridad con que lo ha hecho... así como la necesidad de evitar un dispendio jurisdiccional innecesario, convencieron al Tribunal sobre la conveniencia de adecuar a esa jurisprudencia la solución a adoptar en casos análogos, aunque dejando a salvo su opinión en contrario."

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