VIA BARILOCHE SA c/ CNRT (EX 106882758/22 - SUM ADM 330793) s/SERVICIO PUBLICO DE AUTOTRANSPORTE - LEY 21844 - ART 8
La Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala IV desestimó el recurso directo contra la disposición que sancionó a Vía Bariloche SA por incumplimiento normativo. La sentencia confirmó la validez del acto sancionatorio y rechazó argumentos de inconstitucionalidad, incompetencia y prescripción.
¿Quién es el actor?
Vía Bariloche SA
¿A quién se demanda?
Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad del acto sancionatorio por multas y requisitos normativos, inconstitucionalidad del pago previo, prescripción, competencia, y conexidad de expedientes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara desestimó el recurso directo, confirmando la validez de la sanción y rechazando todos los planteos de fondo y conexidad. Los jueces consideraron que los argumentos sobre inconstitucionalidad y prescripción no tenían mérito, y que la vía del recurso directo era procedente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara remite a su sentencia en el expediente CAF 1443/25, donde se analizó la constitucionalidad y validez del acto sancionatorio, destacando que la infracción fue cometida en enero de 2020 y la sanción fue impuesta dentro del plazo de cinco años establecido por el decreto 253/95. Además, se rechazó la inaplicabilidad del art. 242 del CPCCN para recursos directos en estos casos, y se desestimó la conexidad solicitada por la parte demandada por falta de relación con otros procesos.
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