VIA BARILOCHE SA c/ CNRT (EX 112256218/24 - SUM ADM 503393) s/SERVICIO PUBLICO DE AUTOTRANSPORTE - LEY 21844 - ART 8
La Cámara Contencioso Administrativo Federal en Sala IV desestimó el recurso directo interpuesto por Vía Bariloche SA contra la sanción impuesta por la CNRT, confirmando la validez del acto administrativo y rechazando la inaplicabilidad del requisito del pago previo y cuestionamientos sobre la competencia de la CNRT.
¿Quién es el actor?
Vía Bariloche SA
¿A quién se demanda?
Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT)
- Objeto de la demanda: Impugnar sanción de multa de $334.020 por incumplimiento del art. 105 del decreto 1395/98 y cuestionar la constitucionalidad del art. 9º de la ley 21.844, la derogación del sistema sancionatorio y la competencia de la CNRT para fiscalizar y sancionar.
- La Cámara sostuvo que los planteos de la actora, relativos a la inconstitucionalidad del art. 9º de la ley 21.844, la improcedencia de la multa debido a la derogación del sistema sancionatorio y la competencia de la CNRT, fueron debidamente tratados en otra sentencia y, por ende, deben considerarse resueltos en ese precedente.
- La Cámara desestimó además el planteo de conexidad con otros procesos, indicando que no se acreditó relación alguna entre el acto sancionatorio y otros expedientes judiciales, por lo que no correspondía su tramitación conjunta.
- Se confirmó la validez del acto administrativo impugnado y se desestimaron los argumentos del actor, con costas a su cargo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: