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VIA BARILOCHE SA c/ CNRT (EX 112256218/24 - SUM ADM 503393) s/SERVICIO PUBLICO DE AUTOTRANSPORTE - LEY 21844 - ART 8

La Cámara Contencioso Administrativo Federal en Sala IV desestimó el recurso directo interpuesto por Vía Bariloche SA contra la sanción impuesta por la CNRT, confirmando la validez del acto administrativo y rechazando la inaplicabilidad del requisito del pago previo y cuestionamientos sobre la competencia de la CNRT.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Acto administrativo Sancion administrativa Camara contencioso administrativo Conexidad procesal Ley 21.844 Competencia cnrt Derogacion del sistema sancionatorio Multa transportes


¿Quién es el actor?

Vía Bariloche SA

¿A quién se demanda?

Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT)
- Objeto de la demanda: Impugnar sanción de multa de $334.020 por incumplimiento del art. 105 del decreto 1395/98 y cuestionar la constitucionalidad del art. 9º de la ley 21.844, la derogación del sistema sancionatorio y la competencia de la CNRT para fiscalizar y sancionar.
- La Cámara sostuvo que los planteos de la actora, relativos a la inconstitucionalidad del art. 9º de la ley 21.844, la improcedencia de la multa debido a la derogación del sistema sancionatorio y la competencia de la CNRT, fueron debidamente tratados en otra sentencia y, por ende, deben considerarse resueltos en ese precedente.
- La Cámara desestimó además el planteo de conexidad con otros procesos, indicando que no se acreditó relación alguna entre el acto sancionatorio y otros expedientes judiciales, por lo que no correspondía su tramitación conjunta.
- Se confirmó la validez del acto administrativo impugnado y se desestimaron los argumentos del actor, con costas a su cargo.

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