INDUSTRIAS JHON DEERE ARGENTINA SA (TF 12269762-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la decisión del Tribunal Fiscal de la Nación que declaró la nulidad del artículo 3 de la resolución 4525/18, por considerar que la actuación aduanera no vulneró garantías constitucionales. La sentencia establece que la actuación administrativa fue válida y que la resolución de archivo no fue nula, ordenando el reenvío para que se dicte un nuevo pronunciamiento respecto a cuestiones pendientes, imponiendo costas a la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Industrias John Deere Argentina S.A., demanda la nulidad del art. 3 de la resolución 4525/18 que intimó al pago de tributos por importación, alegando vulneración del derecho de defensa y del procedimiento reglado. La Cámara sostiene que la actuación administrativa fue correcta, dado que la AFIP limitó su pretensión al cobro de tributos tras el archivo de la causa infraccional, sin que ello implique nulidad. La sentencia destaca que la autoridad aduanera actuó conforme a la normativa vigente, y que la resolución no constituyó una sanción, sino un reclamo tributario. Se revoca la decisión del Tribunal Fiscal, y se ordena el reenvío para que se emita un nuevo pronunciamiento sobre cuestiones pendientes, con costas a la parte vencida.
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