(O) PAULO ABEL ALEJANDRO C/ BOTACURA SRL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
Sentencia en primera instancia que condena a la demandada y a la aseguradora solidariamente a pagar el 50% de la indemnización por daños y perjuicios al actor, por responsabilidad compartida en accidente de tránsito ocurrido en Olavarría el 18/08/2022.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Abel Alejandro Paulo, promovió demanda por daños y perjuicios contra la empresa Botacura S.R.L. y su aseguradora Mutual Rivadavia, por un accidente ocurrido el 18/08/2022 en el cruce de calles Dorrego y Leal de Olavarría. La causa del siniestro fue una colisión entre el automóvil Chevrolet Corsa del actor y un colectivo de la línea "Tu Bus" conducido por Nicolás Damián Caballero, dependiente de la demandada. La demanda busca resarcimiento por daños materiales, lucro cesante, daño moral y otros perjuicios derivados del accidente. La aseguradora reconoció vigencia de la póliza y negó responsabilidad, argumentando que el conductor del colectivo actuó conforme a la normativa y que el daño fue causado por la conducta del actor. La sentencia analiza la responsabilidad en base a la normativa de tránsito, específicamente la prioridad de paso, y concluye que existe responsabilidad compartida (50% para cada conductor) por la conducta negligente de ambos. Se valoran las pruebas, incluyendo informes periciales y testimoniales, que demuestran que ambos conductores no adoptaron las precauciones necesarias al aproximarse a la encrucijada. La sentencia condena a los demandados a pagar el 50% del monto total de la indemnización, que incluye daños materiales (más de 3 millones de pesos por reparación del vehículo), lucro cesante (más de 7 millones por pérdida de ingresos), daño moral (500 mil pesos) y otros conceptos, con intereses y costas a cargo de los demandados. La decisión se fundamenta en la responsabilidad objetiva del dueño y guardián de la cosa (art. 1757 CCCN), la normativa de tránsito y la prueba de la responsabilidad compartida en la producción del daño. La sentencia también rechaza la aplicación del fallo "Barrios" y regula los intereses conforme a la doctrina de la Suprema Corte.
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