SUCESORES DE MORAN ECEIZA SILVIA BEATRIZ C/ ARRIZABALAGA MARCELO MARTIN S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES
La sentencia en autos del proceso de cumplimiento de contratos civiles/comerciales fue suscripta en forma ológrafa y reservada en formato físico, conforme a lo dispuesto por la normativa vigente, sin resolución expresa respecto a la sustancia del reclamo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El proceso judicial titulado "Sucesores de Moran Eceiza Silvia Beatriz c/ Arrizabalaga Marcelo Martín s/ cumplimiento de contratos civiles/comerciales" fue registrado en el Juzgado Civil y Comercial N° Uno de Junín, con expediente N° JU-6977-2021. La sentencia fue suscripta en forma ológrafa y reservada en formato físico, sin pronunciamiento expreso sobre la sustancia del reclamo o el fondo del asunto. La resolución indica que "se procede a suscribir la sentencia de autos en forma ológrafa, adjuntándose la misma en formato PDF", y que "resérvese por Secretaría la mencionada sentencia en formato físico en caja fuerte del juzgado". No se menciona una resolución definitiva sobre el fondo del litigio, y no se advierte decisión respecto a la procedencia del reclamo o la sentencia de mérito. La notificación de la resolución será automática, conforme a lo dispuesto por el Ac. 4013 T.O Ac. 4039/2021 SCJBA.
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