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PALLERO ANGEL HORACIO C/ BORTEL MILAGROS S/ COBRO EJECUTIVO

Embargo y ejecución por pagaré vencido. La Cámara ordena continuar la ejecución por el monto del pagaré más intereses, rechazando excepciones y estableciendo la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde la mora.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Angel Horacio Pallero, demanda a la Sra. Milagros Bortel por la suma de $500.000,00, basándose en un pagaré firmado sin protesto el 6 de enero de 2024, con vencimiento el 6 de mayo de 2024. La demanda se origina en la falta de pago de dicho título cambiario. El tribunal ordena librar mandamiento de intimación de pago y, ante la falta de oposición de excepciones por parte de la demandada, declara perdida la facultad de oponer excepciones y ordena continuar con la ejecución hasta que la demandada pague la suma reclamada, con intereses desde la mora, que se fija en el día 6/5/2024. La tasa de interés será la activa que aplica el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a treinta días. Además, se hace efectivo el domicilio constituido en los estrados del Juzgado y se resuelve que las costas son a cargo de la parte demandada, difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad. La sentencia se dicta en base a los arts. 3, 7, 767, 768 y cc. del C.C. y C.N.; 540, 542 Inc. 4, 546, 549, 556 y cc. del CPCC. Fundamentos principales: "En cuanto al vencimiento del título, se determina que la mora se constituye en la fecha de vencimiento del pagaré, esto es, el día 6/5/2024, y en cuanto a los intereses, corresponde aplicar la tasa activa que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a treinta días, desde la mora hasta el efectivo pago. La jurisprudencia aplicable respalda la utilización de dicha tasa en obligaciones comerciales sin pacto de intereses." Además, se sostiene que la demandada no constituyó domicilio procesal, por lo que se la tiene por constituida en los estrados del tribunal.

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