MOLINA RICARDO NABOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la decisión de primera instancia respecto a la revisión del haber inicial y confirmó en lo demás, considerando aspectos constitucionales y legales en relación a la movilidad de las prestaciones previsionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora demandó la inconstitucionalidad de las leyes 27.426 y 27.541 y cuestionó la pauta de movilidad aplicada, además de aspectos como la tasa de interés, la prescripción y las costas. La Cámara decidió desestimar los agravios sobre la validez de la emergencia y la movilidad, considerando que las medidas adoptadas por el Congreso y el Poder Ejecutivo durante la pandemia de COVID-19 se ajustan a la Constitución, en línea con precedentes jurisprudenciales. La sentencia también confirmó la prescripción bienal en materia de reajustes y aplicó la tasa pasiva promedio mensual del Banco Central. La decisión se fundamenta en la constitucionalidad de las leyes de emergencia y delegación legislativa, y en la jurisprudencia que respalda la validez de dichas medidas durante situaciones de emergencia. “Las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de la descalificación pretendida por la parte actora, visto que la emergencia fue definida por el Congreso de la Nación, con arreglo a la Constitución Nacional y de conformidad a los precedentes jurisprudenciales mencionados ut supra”. La Cámara ratificó la validez de la normativa y la constitucionalidad de la emergencia, rechazando la inconstitucionalidad alegada por la actora.
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