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PICCA MARIA EDIT LUJAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y confirma la legalidad de las pautas de actualización de las remuneraciones y beneficios previsionales, rechazando los agravios del actor y manteniendo la sentencia en su totalidad.

Recurso de apelacion Tasas de interes Inconstitucionalidad Jurisprudencia Seguridad social Constitucionalidad Beneficios previsionales Actualizacion de haberes Ley 27.609 Indices previsionales

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora María Edit Luján Picca demandó contra la ANSES por la actualización de su haber previsional y cuestionó la constitucionalidad de la ley 27.609, además de la tasa de interés aplicada. La sentencia de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando la redeterminación del haber inicial y la movilidad, con fundamentos en la normativa vigente y la jurisprudencia constitucional. La Cámara revoca la sentencia y confirma la constitucionalidad de las leyes 27.426 y 27.609, destacando que los índices de actualización utilizados por el Congreso son razonables y no arbitrarios, y que la normativa vigente respeta los límites constitucionales y jurisprudenciales en materia de seguridad social. La Sala también se pronunció sobre la constitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241, rechazando la pretensión de inconstitucionalidad por la relación entre aportes y beneficios. Finalmente, confirma la imposición de costas y regula los honorarios en línea con lo establecido en la ley 27.423. La decisión se fundamenta en la jurisprudencia del tribunal y en la doctrina del fallo “Elliff” y “Quiroga”, destacando la facultad del Congreso para fijar los índices de actualización en el marco de la seguridad social, siempre que no resulten confiscatorios o arbitrarios.

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