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PEREZ, LUCAS MARTIN c/ AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION

La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que declaró abstracto el amparo por mora y resolvió la imposición de costas a la parte demandada, en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema que establece que en causas de seguridad social las costas se imponen según el Código Procesal Civil y Comercial, salvo vencidos.

Costas Honorarios Apelacion Inconstitucionalidad Mora Seguridad social Amparo Justicia Ley 27.423 Dnu 157/2018


- Quien demanda (Actor): Lucas Martín Pérez Demandado: Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) Objeto: Amparo por mora en la tramitación de una pensión no contributiva por invalidez. Decisión: La Cámara confirmó la declaración de abstracto del amparo por mora, mantuvo la imposición de costas a la demandada y la regulación de honorarios en 20 UMA para la letrada del actor. La sentencia aclaró que los honorarios corresponden a 20 UMA, no a 10 UMA como se expresó inicialmente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara fundamentó que, pese a la declaración de abstracto, la conducta de la demandada generó motivos suficientes para la acción judicial, dado que su silencio y demora en la tramitación justifican la imposición de costas, en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema (causa “Morales”). Además, se confirmó la regulación de honorarios en 20 UMA por la labor de la letrada del actor, en virtud de la labor desarrollada y el resultado obtenido, y se rechazó el recurso de apelación de la parte demandada. Se declaró la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018 y se impusieron las costas a la demandada. No se regulan honorarios en esta instancia por la parte demandada, en virtud del art. 2 de la ley 27.423.

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