BUSTOS, JOSE LUIS Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca confirmó la sentencia que ordenó a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal pagar el adicional por zona austral y retroactivos a los jubilados, rechazando los agravios de la demandada y destacando la naturaleza no previsional del beneficio y su propósito estratégico.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por José Luis Bustos y otros contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal, reclamando la incorporación en sus haberes del adicional por la ley 19.485 y su pago retroactivo desde dos años anteriores a la demanda, más intereses. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, fundamentando que el beneficio por residencia en zona austral, aunque no de carácter previsional, responde a un propósito estratégico del Estado para promover el desarrollo regional. La apelada argumentó improcedencia de la aplicación del régimen de la ley 19.485, la prescripción de las sumas reclamadas y la acreditación de residencia en la zona austral, pero la Cámara sostuvo que el beneficio no requiere acreditar residencia en el año reclamado, sino que se vincula con la radicación en la zona al momento de la jubilación. Además, se rechazaron los agravios relacionados con la liquidación y costas, confirmando la decisión de primera instancia y estableciendo que el cálculo del adicional debe incluir la totalidad de los haberes, excluyendo el rubro zona desfavorable. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha aclarado que el beneficio responde a un diseño demográfico y no a una política previsional, por lo que la norma no se circunscribe a la naturaleza previsional de las prestaciones.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: