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RUSSO, MARIA CLARA c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Cámara de Apelaciones en lo Trabajo revoca la sentencia de primera instancia y modifica la regulación de intereses y actualización del crédito laboral, ordenando aplicar la tasa del IPC con interés del 3% anual desde la fecha de exigibilidad, en virtud de la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la indexación.

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- Quien demanda (Actor): Maria Clara Russo Demandado: EXPERTA ART S.A. Objeto: Reparación del daño por accidente laboral y actualización del crédito, incluyendo intereses y actualización monetaria. Decisión: La Cámara revoca la decisión de primera instancia y ordena que la actualización del crédito se realice conforme al IPC INDEC, con un interés del 3% anual desde la exigibilidad, declarando la inconstitucionalidad de las leyes que prohíben la indexación y/o actualización monetaria. Los jueces consideran que las normas en cuestión vulneran los derechos constitucionales del trabajador, en particular el derecho a la propiedad y al debido proceso, al impedir la actualización de los créditos laborales en un contexto inflacionario. La mayoría de los magistrados argumenta que la declaración de inconstitucionalidad es necesaria para evitar la licuación del crédito y garantizar la función resarcitoria del sistema legal, en tanto que los votos disidentes mantienen la constitucionalidad de las normas y proponen aplicar la tasa del interés prevista en el régimen legal especial.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala analiza la constitucionalidad de las leyes 23.928 y 25.561, y del art. 11 de la ley 27.348, en relación con las modificaciones por el DNU 669/19, concluyendo que dichas normas vulneran el art. 14 bis, 17 y 19 de la Constitución Nacional, por lo que deben declararse inconstitucionales. Además, sostiene que la tasa de interés del BCRA no compensa la pérdida del valor adquisitivo del crédito, por lo que se ordena aplicar el IPC y una tasa del 3% para preservar los derechos del trabajador, en línea con los precedentes de la CSJN y la jurisprudencia de la Sala V. La decisión busca evitar la licuación del crédito laboral, garantizando la protección constitucional del derecho de propiedad y la función resarcitoria del sistema jurídico, en un contexto económico inflacionario.

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