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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FIGUEROA, BRIAN ARIEL Y OTRO s/ROBO DE AUTOMOTOR O VEHICULO EN LA VIA PUBLICA

La Cámara confirmó la condena a tres años de prisión en suspenso por delitos de robo de automotor, tentativa y alteración de numeraciones. La sentencia consideró el acuerdo de juicio abreviado y valoró la conformidad del imputado, en línea con la normativa del proceso penal argentino.

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¿Quién es el actor?

El Estado, en representación del Ministerio Público Fiscal.

¿A quién se demanda?

Brian Ariel Figueroa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La condena por robo de automotor, tentativa y alteración de numeración.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, que impuso una pena de tres años de prisión en suspenso, con obligaciones de residencia y control.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia describe que “el reconocimiento efectuado por el imputado –con la asistencia técnica de su Defensa-, no sólo de la materialidad de los hechos sino también de la intervención que le cupo en la forma en que fue descripto en el requerimiento de elevación a juicio, allega la convicción necesaria para formular un juicio de reproche en los términos requeridos por la Fiscalía General.” Además, se sostiene que “la conducta que se ha tenido por probada en el considerando anterior y endilgada a Brian Ariel Figueroa configura el delito de robo de automotor dejado en la vía pública, tentativa de robo de automotor dejado en la vía pública y alteración de la numeración de un objeto registrado de acuerdo a la ley, los que concurren en forma material entre sí, por el que deberá responder en calidad de coautor.” La decisión también destaca que “el acuerdo de juicio abreviado no cuenta con facultades para rechazarlo sólo por la pena pactada” y que “la sanción de tres años en suspenso resulta adecuada a los fines de la pena y las condiciones personales del imputado”. Se imponen además obligaciones de fijar residencia y someterse a control durante tres años, y se ordena la notificación a las víctimas en los términos de ley 27.372.

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