Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PUCHETA, LUZ ESPERANZA s/ROBO DAMNIFICADO: EDIFICIO, DOCK 5
La Cámara confirmó la condena de siete meses de prisión en suspenso por el delito de robo, ajustándose a las circunstancias del hecho y a la responsabilidad de la imputada, y dispuso obligaciones de conducta por dos años. La decisión se fundamenta en la valoración del acuerdo de juicio abreviado y la proporcionalidad de la pena.
¿Quién es el actor?
No corresponde, no es un proceso de parte.
¿A quién se demanda?
Luz Esperanza Pucheta.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Confirmación de la condena y pena impuesta en primera instancia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena de siete meses de prisión condicional y las obligaciones de fijar residencia y someterse a la dirección de control por dos años.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Cámara, en atención a que el acuerdo de juicio abreviado fue presentado en tiempo y forma, y que la imputada ratificó la existencia del hecho y su participación, considera que se cumplen los requisitos del art. 431 bis del CPPN. La valoración de los elementos probatorios, en particular la declaración testimonial y las actas de secuestro, acreditan la responsabilidad de la imputada en la comisión del delito de robo. La pena de siete meses de prisión en suspenso resulta proporcional a la culpabilidad y a las circunstancias del hecho, conforme a los principios de proporcionalidad y legalidad. Se ordenan además obligaciones de conducta por dos años, en coherencia con la gravedad del ilícito y la finalidad resocializadora del sistema penal." No existen votos disidentes relevantes en el extracto.
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