Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PEREIRA, JORGE BENJAMIN Y OTRO s/ROBO EN POBLADO Y EN BANDA DAMNIFICADO: AGUIRRE VIEYRA, MAXIMILIANO EDUARDO
La Cámara confirmó las penas de prisión de tres años para los imputados, rechazando la calificación de banda y agravantes relacionados con la participación del menor, y mantuvo la valoración de la prueba y la calificación legal del hecho.
- Quién demanda: La Fiscalía y las partes acusadoras
¿A quién se demanda?
Jorge Benjamín Pereira y Alejandro Ariel Murias
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La condena por el delito de robo doblemente agravado en banda y en poblado, con participación de menor, y la aplicación de agravantes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la calificación legal de los hechos como robo simple sin agravantes de banda ni participación del menor como elemento agravante, y mantuvo las penas de 3 años de prisión para ambos imputados, además de declarar la reincidencia de Murias y establecer obligaciones para Pereira.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó la materialidad y participación, concluyendo que los hechos constituyen un robo con violencia, donde ambos imputados actuaron en conjunto (coautores), pero rechazó la existencia de la agravante de banda y participación del menor como agravante, sustentando su postura en que la figura de banda requiere concurrencia de tres o más personas con organización destinada a cometer delitos, y que la intervención del menor no fue por inducción, engaño o utilización, sino voluntaria. Se destacó que la agravante del art. 41 quater no es aplicable por su carácter genérico y por la falta de acreditación de participación del menor en modalidad delictiva. La sentencia valoró las pruebas y las circunstancias del hecho, y aplicó un criterio restrictivo en la interpretación de los agravantes para respetar el principio de legalidad.
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