Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BARRIENTOS, NICOLAS NAHUEL s/ENCUBRIMIENTO ART. 277 INC. 3 APARTADO B
La Cámara confirmó la condena de Nicolás Nahuel Barrientos por encubrimiento doblemente agravado, aplicando una pena de tres años en suspenso y homologando la condena previa, considerando la agravante del ánimo de lucro y la participación de menor de edad.
- Quién demanda: No corresponde en este caso, ya que es una sentencia judicial.
¿A quién se demanda?
Nicolás Nahuel Barrientos.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión de la condena por encubrimiento doblemente agravado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, homologando la pena de tres años de prisión en suspenso y las reglas de conducta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara valoró la prueba que acreditó el hecho delictivo, incluyendo la declaración del oficial policial que identificó a Barrientos empujando la motocicleta con pedido de secuestro vigente, y el testimonio del damnificado que refirió la sustracción del rodado. La conducta del imputado fue calificada como autor material y responsable del delito de encubrimiento doblemente agravado, con dolo directo, por conocimiento del origen ilícito del vehículo y provecho patrimonial. La unificación de penas se justificó por la existencia de antecedentes y la fecha del hecho, considerando la aplicación del artículo 58 del Código Penal. La modalidad de cumplimiento en suspenso y la imposición de reglas de conducta pretenden reforzar la finalidad preventiva. La homologación de la pena de tres años en suspenso y la condicionalidad del cumplimiento fueron decididas en base a la evaluación de las circunstancias personales y la naturaleza del delito.
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