Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BRANCATTI, FLAVIO FERNANDO s/FALSIFICACION DOCUMENTOS PUBLICOS y DEFRAUDACION
La Cámara homologó un acuerdo de juicio abreviado y confirmó la condena de tres años de prisión para Flavio Fernando Brancatti, por delitos de estafa, falsificación de documentos públicos y alteración de objetos registrables, considerando que la pena había sido cumplida y manteniendo la declaración de reincidencia.
¿Quién es el actor?
Fiscalía y partes en acuerdo de juicio abreviado.
¿A quién se demanda?
Flavio Fernando Brancatti.
- Objeto de la demanda: Responsabilidad penal por delitos de estafa, uso de documento público falso y alteración de objetos registrables.
¿Qué se resolvió?
La Cámara homologó el acuerdo de juicio abreviado, condenando a Brancatti a 3 años de prisión, manteniendo la declaración de reincidencia y unificando penas anteriores, considerando que la pena había sido efectivamente cumplida por la vía de la libertad condicional y la prisión domiciliaria, y ordenando la destrucción de documentación apócrifa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El acuerdo de juicio abreviado satisface los requisitos del art. 431 bis del Código Procesal Penal y fue celebrado con pleno consentimiento del imputado, quien admitió los hechos. La prueba incorporada demuestra que Brancatti vendió un vehículo con documentación apócrifa, en concurso ideal de delitos, y utilizó documentos falsificados para la maniobra de estafa y alteración de objetos registrables. La conducta del imputado fue consumada, y su participación fue en calidad de autor. La pena de 3 años es justa, razonable y adecuada, y se unifica con la condena previa, considerando su cumplimiento y la declaración de reincidencia. La declaración de reincidencia se mantiene, dado que no ha transcurrido el plazo legal para su revocación, y las costas del proceso se imponen al condenado."
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