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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GAMBOA ESTRADA, JUAN CARLOS s/ABUSO SEXUAL - ART. 119 3° PARRAFO DAMNIFICADO: GAMBOA, DEMARIS ELISA

La Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional confirmó la condena de 3 años de prisión en suspenso por abuso sexual simple agravado contra Juan Carlos Gamboa Estrada, considerando la evidencia y la imposibilidad de determinar con certeza la ocurrencia de los hechos, en un contexto de fuerte desacuerdo familiar y dudas sobre la veracidad del relato.

Vulnerabilidad Menores Testimonio Abuso sexual Prueba indiciaria Secuelas Peritaje psicologico Camara de apelaciones Trauma Derechos del nino.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La madre y los hermanos de la víctima (Damaris) declararon que ella siempre fue una niña buena, tímida, y que mentía frecuentemente, además de tener dificultades en el colegio y problemas de salud como constipación y problemas estomacales.
- La familia sostuvo que las denuncias de abuso eran producto de un enojo de Damaris o de un malentendido, y que la niña había sido influenciada por compañeras o por la situación emocional.
- La víctima relató en la Cámara Gesell y en los informes periciales que sufrió abusos en dos oportunidades en su casa, que su padre le apoyó el pene en la zona anal y le tocó los pechos, relato que fue corroborado por informes médicos y psicológicos que detectaron signos compatibles con trauma y secuelas, aunque no signos inequívocos o patognomónicos.
- Los informes psicológicos resaltaron la vulnerabilidad y la precariedad psico-emocional de Damaris, con dificultades en la adquisición de conceptos temporales y en la comprensión del contexto, lo que ameritó su derivación a tratamiento, y consideraron que su relato, aunque limitado, era verosímil y consistente en aspectos centrales.
- La Cámara, tras analizar toda la prueba, concluyó que no existían signos concluyentes o patognomónicos del abuso, que la declaración de la víctima presentaba coherencia interna y persistencia en el tiempo, pero que su estado psicoemocional y las dificultades cognitivas justificaban la duda sobre la ocurrencia de los hechos.
- La condena impuesta fue de tres años de prisión en suspenso por abuso sexual simple, agravado por el vínculo y reiteración, con medidas de restricción y peritación genética, además de la remisión a órganos de protección de derechos del niño.
- Se dispuso la libertad del condenado, la prohibición de contacto y la evaluación de la situación familiar y psico-social de Damaris.

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