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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GOMEZ , RODRIGO LEONEL Y OTRO s/AVERIGUACION DE DELITO

La Cámara confirmó la condena por hurto agravado de motocicleta, pero redujo la pena a 2 años de prisión condicional, debido a la valoración de la prueba y la situación de vulnerabilidad social de los imputados.

Recurso de apelacion Prueba testimonial y documental Reincidencia Vulnerabilidad social Circunstancias atenuantes Hurto agravado Delitos contra la propiedad Vehiculo dejado en la via publica Camara de apelacion Legitimidad de la prueba


- Quién demanda: Fiscalía

¿A quién se demanda?

Rodrigo Leonel Gómez y Mayco Javier Molina Badra

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Responsabilidad penal por el delito de hurto agravado de vehículo dejado en la vía pública

¿Qué se resolvió?

Se condena a ambos imputados a 2 años de prisión efectiva y costas, por haber sido responsables del hurto de una motocicleta, con declaración de reincidencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara analizó exhaustivamente la prueba testimonial, documental y las declaraciones de los imputados, concluyendo que la evidencia demostraba que los acusados tomaron la motocicleta del lugar donde estaba estacionada sin aplicar fuerza ni signos de resistencia, y que la llevaron a pie por la ciudad. La proximidad entre el sitio del hecho y la captura, sumada a la declaración del damnificado y testigos, reforzó la hipótesis de la sustracción. La declaración de los imputados fue considerada incoherente con la evidencia, en particular respecto a la forma en que habrían recibido la moto y la distancia recorrida. La Cámara valoró la vulnerabilidad social de los delincuentes, pero consideró que la responsabilidad penal debía mantenerse, aunque la pena se redujo a la mitad del mínimo legal, por las circunstancias. La sentencia también declaró la reincidencia de ambos imputados, considerando las condenas previas y el tiempo en que recuperaron la libertad. La condena se cumplirá en un plazo que finalizará el 17/4/2026, con libertad condicional a partir del 17/4/2026 a las 12 horas. La Cámara rechazó las alegaciones defensistas en cuanto a la falta de pruebas directas y la validez de las manifestaciones espontáneas, sosteniendo que la prueba fue suficiente para acreditar la responsabilidad del hecho y que la actuación policial fue legítima y proporcional.

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