PALMAS, HECTOR BERNARDO c/ PLAN ROMBO S.A. DE AHORRO P/F DETERMINADOS Y OTROS s/ORDINARIO
La Cámara confirmó la sentencia que responsabilizó solidariamente a las demandadas por incumplimiento contractual y publicidad engañosa en un plan de ahorro para adquisición de vehículos, y condenó a la devolución de montos y pago de daños y daños punitivos.
- Quien demanda (Actor): Héctor Bernardo Palmas
Demandado: Plan Rombo S.A. de Ahorro, Renault Argentina S.A., Lepic SA
Objeto: Reintegro de montos indebidamente percibidos, daños por publicidad engañosa, incumplimiento contractual, daño moral y punitivo.
Decisión: La Cámara confirmó la responsabilidad solidaria de las demandadas, la condena a pagar $94.349,78 por devolución y $21.683,09 por daño moral, además de multa de $500.000 por daño punitivo, y las costas a las demandadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara valoró que las conductas de las demandadas, incluyendo publicidad engañosa y incumplimiento del deber de información, vulneraron derechos del consumidor y configuraron responsabilidad solidaria, en aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor y la normativa sobre responsabilidad contractual. Se consideró la apariencia creada por la publicidad y la cadena de intervinientes, en particular la vinculación de Renault, Plan Rombo y Lepic, y la responsabilidad de la administradora por la actuación de los concesionarios, en línea con la teoría de la apariencia y la normativa específica. La conducta de las demandadas fue calificada como grave y vulneratoria de derechos constitucionales y legales del consumidor, justificando la responsabilidad solidaria y la aplicación de daños punitivos. La valoración de los daños morales fue adecuada, atendiendo a la afectación de derechos extrapatrimoniales del actor.
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