RIOS, YAMILA ANAHI (8) c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara de Apelaciones en lo Trabajo modificó la sentencia de primera instancia respecto a la actualización del crédito por accidente laboral, aplicando el índice Ripte y un interés del 6% anual, y confirmó las costas de alzada, ajustando los honorarios. La decisión se fundamenta en la necesidad de mantener el valor real del capital y garantizar la justicia en contextos inflacionarios.
- Quién demanda: YAMILA ANAHI RIOS
¿A quién se demanda?
ART INTERACCION S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por accidente laboral, actualización del crédito, costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó el pronunciamiento de grado en la actualización del capital, aplicando Ripte más 6% de interés anual, y confirmó las costas de alzada y honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que la actualización del crédito debe ajustarse conforme a los lineamientos del índice Ripte y un interés del 6% anual, en lugar del IPC y 3% anual ordenados en primera instancia, para reflejar mejor la pérdida del valor del dinero por inflación. Se argumentó que el nominalismo y la inflación distorsionan la justicia, y que la ley 27.348 y el DNU 669/19 establecen estos parámetros para la valorización de créditos en contextos inflacionarios. La Sala también sostuvo que la responsabilidad de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo se extiende a intereses, costas y gastos, incluyendo los accesorios, conforme a la doctrina de la CSJN y la normativa aplicable. Además, se confirmaron los honorarios en un 20% de la regulación inicial, y las costas de alzada en el orden causado, en atención a la extensión y importancia del trabajo realizado.
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