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ZHENG, HUIHUI c/ EN-DNM s/AMPARO POR MORA

La Cámara Contencioso Administrativo Federal Sala II confirmó la regulación de honorarios en un proceso de amparo, reduciéndolos a 6 UMA (equivalente a $454.734) dado que la tarea realizada fue proporcional a la complejidad del asunto y el resultado obtenido.

Recurso de apelacion Honorarios Regulacion de honorarios Amparo Justicia Tarea profesional Camara contencioso administrativo Ley 27.423 Reduccion honorarios. Valoracion del trabajo

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora interpuso un recurso de apelación contra la regulación de honorarios dictada en 2020.
- La Cámara analizó la tarea profesional, la responsabilidad asumida y la complejidad del interés en juego, concluyendo que la regulación debe ser ajustada.
- La Cámara sostuvo que la regulación de honorarios debe ponderar la magnitud del trabajo y la importancia del asunto, no solo los porcentajes arancelarios automáticos.
- Citó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha indicado que “el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional”.
- La Cámara modificó la regulación previa, estableciendo los honorarios en 6 UMA, equivalentes a $454.734, conforme a lo dispuesto en la ley 27.423 y considerando la naturaleza del proceso, extensión, calidad jurídica y resultado de la labor.
- Se destacó que los honorarios incluyen el impuesto al valor agregado, que deberá abonarse si el profesional está inscripto en dicho tributo.
- La decisión fundamentó que la reducción responde a la valoración del trabajo realizado y la proporcionalidad con los intereses en juego.

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