FUNDACION HONORIO BIGAND DE ASISTENCIA Y DESARROLLO SOLIDARIO c/ EN-AFIP-DGI s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
La Cámara Contencioso Administrativo Federal – Sala IV redujo los honorarios de los abogados en la primera etapa y confirmó los emolumentos en etapas posteriores, además de regular los honorarios del perito contable, en atención a la naturaleza del asunto y la labor desarrollada. La decisión se fundamenta en la importancia del proceso y en la naturaleza de las tareas profesionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La Cámara revisó los honorarios de los abogados y perito en un proceso contra la AFIP-DGI.
- Se reclamaba la regulación de honorarios por parte de la parte actora en distintas etapas del proceso.
- La Cámara decidió reducir a $50.000 y $20.000 los honorarios en la primera etapa para los abogados Fernando Emilio Martins de Oliveira y Valeria Montaldo Maiocchi, respectivamente. En las etapas subsiguientes, confirmó estos honorarios.
- Asimismo, regularon los honorarios por tareas ante la Alzada en $219.788,10 y $87.157,35, respectivamente, en atención a la importancia del asunto y las tareas desempeñadas.
- Se confirmó también el monto de los honorarios de la perito contadora Adele K. Lavaisse, considerando la calidad y eficacia de su labor y la proporción con los honorarios del resto de los profesionales.
- La resolución establece que los honorarios deberán ser abonados sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, que deberá añadirse según corresponda.
- La decisión se fundamenta en los arts. 6º, 7º, 9º, 19, 37, 38 de la ley 21.839 y arts. 16, 19, 20, 21, 29 de la ley 27.423, además de consideraciones sobre la naturaleza del proceso y la importancia de la labor profesional.
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