EDECA SA (TF 144222381-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirma la regulación de honorarios en un proceso de desistimiento del proceso de conocimiento. La decisión se fundamenta en la naturaleza del proceso, la importancia de la cuestión y la actuación del perito, manteniendo los montos y condiciones establecidas, con ajustes en las tarifas conforme a la normativa vigente.
¿Quién es el actor?
Dirección General Impositiva (DGI)
¿A quién se demanda?
EDECA S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso directo de organismo externo contra resolución fiscal
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó los honorarios regulados a favor del letrado y del perito, con la reducción del 50% en los honorarios de la representación legal, y la confirmación de los honorarios del perito, dejando constancia de que su pago excluye IVA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara, considerando la naturaleza del proceso y la importancia de la cuestión, dispuso confirmar los honorarios regulados a favor del letrado del Fisco Nacional y del perito, en atención a la labor cumplida y la actuación frente al desistimiento del proceso. Se estableció que los honorarios deben reducirse en un 50% conforme a la ley 27.743 y la resolución AFIP n° 5525/24. En relación al perito, dado que no realizó la pericia por el desistimiento, también se confirmó la regulación de honorarios, dejando constancia que no incluyen IVA, que deberá adicionarse en función de la situación fiscal del profesional.
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