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QUERCIA, JOSE LUIS (TF 90711841-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirma la regulación de honorarios a favor del Fisco Nacional en recurso directo de organismo externo, en atención a la naturaleza del proceso y la labor desarrollada, y establece el pago conforme a la ley 27.423 y resoluciones relacionadas.

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- Quercia José Luis demanda a la Dirección General Impositiva en un recurso directo de organismo externo.
- La Cámara analiza y regula los honorarios profesionales del letrado del Fisco Nacional, confirmando los montos establecidos en primera instancia.
- La resolución destaca que los honorarios deben pagarse de acuerdo con lo previsto en la ley 27.423, sin incluir el IVA, que será añadido según corresponda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La resolución señala que en atención a la naturaleza del proceso, su monto y la importancia de la cuestión, resulta procedente confirmar los honorarios regulados, en línea con los arts. 16, 19, 20, 21, 29, 44, inc. a, 51 y ccdtes. de la ley 27.423; Resol. SGA n° 1860/25; y la reducción del artículo 9º de la ley 27.743 y la Resolución AFIP N° 5525/24. Se deja constancia que los emolumentos deben pagarse conforme al artículo 51 de la ley 27.423 y que no incluyen IVA, que se adicionará en su caso.
- La decisión se fundamenta en la naturaleza del proceso, la labor efectuada y el marco legal aplicable, confirmando la regulación de honorarios.

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