SIDERAR SAIC (TF 30248-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara rechazó el recurso del Fisco contra la decisión que consideró que el allanamiento realizado por la Dirección General de Aduanas no eximía de costas al demandado, confirmando la decisión de primera instancia y resaltando que el allanamiento no fue oportuno según la normativa vigente.
- Quién demanda: Dirección General de Aduanas (Fisco)
¿A quién se demanda?
Siderar SAIC
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la condena en costas dispuesta en favor de la actora, por considerar que el allanamiento del Fisco fue suficiente para eximirlo de costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso del Fisco y confirmó la decisión de primera instancia, argumentando que el allanamiento no fue oportuno y que la instrucción general 14/17 no justifica apartarse de la imposición de costas en estas circunstancias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala sostuvo que si bien la circunstancia de allanarse a la pretensión del adversario puede dispensar del pago de costas, ello requiere que el allanamiento sea en tiempo oportuno y conforme a los requisitos legales. En este caso, el allanamiento del Fisco se realizó el 11/12/24, después de la entrada en vigencia de la instrucción general 14/17, emitida el 5/12/17, y no fue considerado oportuno. La sentencia citó jurisprudencia y doctrina que sostienen que la exención de costas debe interpretarse en sentido estricto, y que no resulta justificado apartarse de la imposición en el presente caso. Además, la instrucción general 14/17 sólo faculta al Fisco a solicitar la imposición de costas en el orden causado y condiciona su ejercicio a que el estado procesal lo permita, lo cual no ocurrió aquí. La Sala reiteró que la exención de costas requiere un allanamiento real, incondicionado y oportuno, que en este caso no se verificó, por lo que se confirmó la decisión de primera instancia y se rechazó el recurso del Fisco.
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