Incidente Nº 1 - IMPUTADO: FERNÁNDEZ, GUILLERMO ALFREDO s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO
La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario interpuesto por la Defensa Pública en favor de Guillermo Alfredo Fernández debido a la falta de cumplimiento de los requisitos formales y sustanciales para su habilitación, y por tratarse de una cuestión que no presenta la existencia de una cuestión federal ni de un supuesto de arbitrariedad, en línea con la jurisprudencia consolidada y en consonancia con el Acuerdo 7/2025 Plenario N° 16.
- Quién demanda: Guillermo Alfredo Fernández (a través de la Defensa Pública Oficial).
¿A quién se demanda?
La decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La admisibilidad del recurso extraordinario contra la resolución que rechazó el planteo de inconstitucionalidad y la solicitud de salidas transitorias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal declaró la inadmisibilidad del recurso extraordinario, señalando que no se cumplieron los requisitos formales ni sustanciales para su aceptación y que la cuestión planteada ya había sido resuelta en sentido contrario en un acuerdo plenario.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal sostuvo que "el recurso extraordinario traído a consideración del Tribunal para que se pronuncie acerca de su viabilidad formal no puede ser autorizado". Añadió que "es requisito para acceder a la competencia extraordinaria intentada que el recurrente refute todos y cada uno de los fundamentos que dieron sustento a la decisión apelada", lo cual no ocurrió. Además, aclaró que "no se advierte que la sustancia de los planteos en los que el impugnante funda su recurso implique el deber de una cuestión federal debidamente fundada", y que "la cuestión planteada ha sido resuelta en sentido contrario a lo postulado por el recurrente en el Acuerdo 7/2025 Plenario N° 16". En consecuencia, concluyeron que "el recurso intentado debe ser declarado inadmisible". No se mencionan votos disidentes o fundamentos en disidencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: