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Incidente Nº 2 - IMPUTADO: MESECKE, MATIAS NAHUEL s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario interpuesto por la Defensa Pública Oficial de Matías Nahuel Mesecke, determinando que no cumple con los requisitos de procedencia establecidos por la ley y la normativa vigente, tras analizar la existencia de una cuestión federal y la legitimación del recurrente.

Recurso extraordinario Cuestion federal Inadmisibilidad Constitucionalidad Sancion disciplinaria Ley 48 Camara de casacion Tribunal oral federal Decreto 18/97 Buenos aires.

Actor: Defensa Pública Oficial de Matías Nahuel Mesecke Demandado: No se especifica en la sentencia, es un recurso contra resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 8 de Buenos Aires Objeto: La admisibilidad del recurso extraordinario federal contra una resolución que rechazó la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 18/97 y confirmó una sanción disciplinaria Decisión: La Cámara declaró inadmisible el recurso extraordinario, por considerar que no cumple con los requisitos de fundamentación y existencia de una cuestión federal, en atención a los arts. 14 y 15 de la ley 48

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso extraordinario traído a consideración del Tribunal para que se pronuncie acerca de su viabilidad formal no puede ser autorizado. Es requisito para acceder a la competencia extraordinaria intentada que el recurrente refute todos y cada uno de los fundamentos que dieron sustento a la decisión apelada, como así también que demuestre que la resolución que impugna sea contraria a los derechos federales invocados como fundamento de la pretensión extraordinaria interpuesta (cfr. art. 14 ley 48 y Acordada 4/2007, ap. 3, incisos d) y e); aspecto no verificado en el sub examen." "A pesar de su invocación, no se advierte que la sustancia de los planteos en que el impugnante funda su recurso implique el deber de una cuestión federal debidamente fundada (arts. 14 y 15 de la ley 48) o algún supuesto de arbitrariedad (Fallos 112:384; 207:72 y 238:550; entre muchos otros)." Además, el tribunal consideró que el recurso no cumplía con los requisitos de admisibilidad formal y material, por lo que fue declarado inadmisible sin costas.

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