LEIVA RAMON GERARDO c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de grado y admitió la reclamada por el reencuadre del beneficio previsional del actor, considerando que el mismo, como integrante de la reserva, debe ser encuadrado bajo el art. 77 de la Ley 19.101 y no como conscripto, aumentando su porcentaje de incapacidad y beneficios previsionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora demanda para que su haber por veterano de guerra, con un 66% de incapacidad, sea correctamente encuadrado en el art. 77 de la Ley 19.101.
- La demandada, el Estado Nacional, argumenta que el actor fue convocado en condición de reserva y no como soldado conscripto, por lo que debe aplicar la normativa correspondiente a reserva.
- La Cámara analizó los informes médicos y la situación de convocatoria, concluyendo que el actor no era conscripto al momento de la guerra, sino personal de reserva, y que sus afecciones estaban relacionadas con actos de servicio durante el conflicto bélico.
- La Cámara revocó la sentencia de grado, considerando que la situación del actor encuadra en el art. 77 y, por tanto, corresponde el incremento del 15% en su haber indemnizatorio, ajustándose a la normativa aplicable a personal de reserva.
- Además, ordenó a la demandada efectuar la previsión presupuestaria correspondiente y pagar las sumas devengadas en los términos de la ley 26.994 y la normativa de consolidación de créditos.
- Finalmente, impuso las costas a la demandada vencida y reguló honorarios en el 30% de la suma correspondiente.
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