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POSSE EZEQUIEL ALBERTO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La Cámara de San Isidro declaró la procedencia de la demanda por accidente laboral y rechazó las excepciones de inconstitucionalidad, confirmando la condena a la demandada y estableciendo la actualización del monto y los intereses conforme a la normativa aplicable.

Intereses Incapacidad Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Inconstitucionalidad Jurisprudencia Derecho laboral Ley 24.557 Ley 23.928 Normativa vigente.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Ezequiel Posse, demanda a la Provincia ART S.A. por lesiones neurológicas y secuelas tras sufrir un accidente laboral el 12/09/2017, en cumplimiento de su jornada laboral, cuando un barral de hierro cayó sobre su cabeza. La demanda busca la reparación de daños físicos y psíquicos, y la condena a la aseguradora a pagar la suma de $161.188,39. La Cámara analizó la relación laboral, la existencia del accidente, la relación causal y la incapacidad, concluyendo que el accidente ocurrió en ocasión del trabajo y que las secuelas son atribuibles al evento. La prueba pericial médica avaló la relación causal y la incapacidad del 5,60%. Se declaró la inconstitucionalidad de varias normas (art. 7 y 10 de la ley 23.928, art. 12 de la ley 24.557, DNU 669/19 y art. 48 de la ley 11.653 reformado), y se ordenó la condena y actualización del monto con el índice RIPTE y un interés del 3% anual desde la primera manifestación invalidante. Fundamentos principales: "Del análisis de la prueba producida, en especial los informes periciales, se ha acreditado la existencia del accidente en ocasión del trabajo, así como las secuelas incapacitantes que guarda nexo causal con el evento dañoso. La normativa vigente en el momento del accidente, y las modificaciones posteriores, deben aplicarse conforme a lo dispuesto en el art. 7 del Código Civil y Comercial, que establece que las leyes se aplican a las consecuencias de las relaciones jurídicas existentes al momento de su vigencia. La inconstitucionalidad de las normas que limitan la actualización y los intereses, en especial el art. 7 de la ley 23.928, ha sido declarada por la jurisprudencia, dado que vulneran principios constitucionales y el derecho de propiedad, además de afectar la tutela judicial efectiva." "Asimismo, la declaración de inconstitucionalidad de oficio de las normas impugnadas responde a que su aplicación genera una lesión de imposible reparación posterior en el derecho del actor, en particular en la actualización del monto y en los intereses, en un contexto de alta inflación y depreciación monetaria."

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