ALEGRE ANASTACIO RAMON C/ PREVENCION ART SA S/ENFERMEDAD PROFESIONAL
El tribunal rechazó la demanda por enfermedad profesional promovida por Alegre contra Prevención ART S.A. Basó su decisión en la falta de prueba de incapacidad laboral y en el reconocimiento de la relación laboral y la cobertura de la póliza de la aseguradora, confirmando la improcedencia de la pretensión resarcitoria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Anastasio Ramon Alegre, demandó a Prevención ART S.A. por prestaciones dinerarias derivadas de una enfermedad profesional, alegando exposición a niveles de ruido superiores a los 110dB durante 14 años en tareas en la empresa Ecocarnes S.A. y reclamando reparación económica por pérdida de audición y acufenos. La parte demandada, a través de su letrado, reconoció la relación laboral y la existencia de un contrato de afiliación con la aseguradora, además del registro del siniestro y las prestaciones en especie brindadas, pero negó la existencia de incapacidad laboral y la relación causal alegada por el actor. La Cámara analizó los hechos y las pruebas, concluyendo que no se acreditó la existencia de incapacidad laboral, ni que la contingencia estuviera cubierta por la póliza, y que la denuncia del siniestro fue aceptada por la aseguradora. La sentencia señala: "No tengo por acreditada la existencia de incapacidad laboral cuyo resarcimiento pretende la parte actora, cuya asunción de la carga probatoria se encontraba en cabeza de la misma, omitiendo probar en su propio interés (art. 375, CPCCBA)." Por ello, se decide rechazar la demanda, imponiendo las costas a la parte actora como vencida y regulando honorarios en los porcentajes establecidos. La sentencia también considera que las inconstitucionalidades alegadas por el actor son inoficiosas en el marco del proceso.
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