OLMEDO FERNANDEZ ELIZARDO C/ PRISMA CONSTRUCCIONES S.A. Y OTRO/A S/ FONDO DE DESEMPLEO
La demanda por indemnización laboral por cese y multa fue aceptada; la sentencia confirmó la condena a Prisma Construcciones S.A. y rechazó la responsabilidad solidaria del socio, con actualización y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, Elizardo Olmedo Fernández, demanda a Prisma Construcciones S.A. y a Adolfo Melquis por despido, conceptos pendientes, certificados y multas.
- Se acredita vínculo laboral desde 01/01/2013 hasta 20/01/2020, con remuneración de $25.000 quincenales.
- La justicia verificó la relación laboral, incumplimientos en documentación, y aplicó el régimen de la ley 22.250, resolviendo que la relación era amparada por el convenio colectivo y la ley laboral específica.
- La sentencia condenó al pago de $897.891, actualizados con RIPTE y interés del 6% anual, y rechazó la responsabilidad del socio Melquis, por no acreditarse su participación en actos ilícitos o administración de hecho.
- Se declaró la inconstitucionalidad del art. 48 de la ley 11.653 y de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928, en línea con la doctrina de la SCBA, para actualizar las sumas con el índice RIPTE y un interés del 6%.
- La sentencia condenó en costas a la parte vencida y reguló honorarios profesionales.
- La mayoría votó por la confirmación de la condena y la actualización por RIPTE más interés del 6%.
- El voto disidente sugirió que los intereses compensatorios deberían ser del 3%.
- La sentencia de primera instancia fue confirmada en lo sustancial, con actualización del monto de condena y costas, rechazando la responsabilidad solidaria del socio Melquis y declarando inconstitucionales ciertas normas en línea con la jurisprudencia de la SCBA.
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