FRANCO DANIEL HORACIO Y OTROS C/ FYSA S.A. Y OTROS S/DESPIDO
El tribunal decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal de la parte actora. La decisión se fundamentó en que, pese a haber sido debidamente notificada, la parte no realizó actividad procesal útil en el plazo establecido, haciendo efectivo el apercibimiento y justificando la caducidad conforme a la Ley N° 11.653, artículo 12, segundo párrafo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal del Trabajo N° 5 de Lanús, integrado por los jueces Díaz Casas, López Bellot y Monastero, resolvió declarar la caducidad de la instancia en el expediente "HORACIO Y OTROS c/ FYSA S.A. Y OTROS s/ despido" debido a la inacción procesal de los actores. La jueza López Bellot fundamentó que, "se infiere que la parte a pesar de encontrarse debidamente notificada, no efectuó actividad procesal útil tendiente a impulsar la causa," y que "corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el Art. 12, segundo párrafo, de la ley ritual, decretándose, ergo, la caducidad de la instancia." Los votos de los jueces Monastero y Díaz Casas coincidieron en este análisis. Se impusieron costas a la parte actora, en virtud de su inactividad en el proceso. La resolución fue unánime y se ordenó el archivo de las actuaciones.
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