SARMIENTO MAXIMILIANO ADRIÁN C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La sentencia reconoce parcialmente la demanda por incapacidad laboral derivada de accidente de trabajo, condenando a la ART a pagar una indemnización de aproximadamente 26.759.367,39 pesos, con actualización e intereses. La resolución también declara la inconstitucionalidad del decreto 669/19 y hace lugar a la acción en parte.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Maximiliano Sarmiento, demanda a GALENO ART por lesiones sufridas en un accidente laboral ocurrido el 19/3/2022, que le generó una incapacidad física del 8,8%. La ART reconoció su participación en el expediente administrativo y la existencia de incapacidad parcial. La pericia médica concluyó que las secuelas físicas no superan un 7% de incapacidad física, considerando que las alteraciones son leves y sin impacto en la estabilidad de la rodilla, y que las secuelas psicológicas son transitorias y no indemnizables. La Cámara valoró las pruebas y decidió ajustar la incapacidad a un 8,8%, considerando además la actualización del VMIB y la repotenciación del crédito según precedentes jurisprudenciales. La sentencia condenó a la demandada a pagar una suma significativa en concepto de indemnización, con intereses, y declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19. La causa se resolvió en un marco de análisis técnico y constitucional, amparando la protección del trabajador frente a la inflación y la normativa inconstitucional. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "De acuerdo al examen físico practicado, estudios complementarios realizados y demás elementos obrantes en autos, podemos considerar que la actora presenta alteraciones físicas [...] La rodilla es una articulación dotada de un sólo sentido de libertad de movimiento: la flexo-extensión [...] La articulación femoro-tibial presenta una discordancia que es establecida por los meniscos [...] Los meniscos desempeñan una función importante de unión elástica, transmisores de las fuerzas de compresión entre el fémur y la tibia [...] La alteración funcional es leve, localizada y sin impacto significativo en la movilidad global del miembro inferior." "El cuadro descripto no reúne las condiciones médico-legales necesarias para configurar una incapacidad psíquica laboral. Por lo tanto, corresponde desestimar en su totalidad el porcentaje del 10% propuesto por la perito, no reconociéndose incapacidad psicológica alguna en el presente caso." "En la tarea de valorar la pericia médica y asignarle entidad convictiva, los Tribunales del Trabajo ejercen facultades privativas, resultando la decisión que adopten al respecto ajena al cometido de la Suprema Corte, salvo absurdo." "Se ordena que el crédito actoral sea repotenciado, a fin de garantizar el cumplimiento de la función resarcitoria y de respetar la garantía de
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