NARDI CLAUDIO DANIEL C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
El tribunal homologó un acuerdo transaccional en un proceso laboral, considerando que cumple los requisitos legales y es una justa composición de derechos. La homologación incluye regulaciones de honorarios, costas, tasa de justicia, y condiciones en caso de incumplimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Claudio Daniel Nardi, promovió una demanda laboral contra Federación Patronal Seguros S.A.U. por un acuerdo alcanzado en mediación. La sentencia destaca que el acuerdo cumple con los requisitos legales para su validez, y que la homologación es procedente. El tribunal dispuso homologar el acuerdo conforme al artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), regulando honorarios profesionales, costas, tasa de justicia, intereses y cláusula de caducidad en caso de incumplimiento. Además, se establecen obligaciones para la apertura de cuenta judicial, pago de honorarios y detalles administrativos en línea con la normativa vigente. La fundamentación principal se basa en que "en el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas". La decisión se respalda en la normativa específica de homologación de convenios y en las disposiciones sobre honorarios y costas, con una mención expresa de los montos de honorarios regulados a favor de los profesionales intervinientes.
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