SALERNO JUAN DAMIAN C/ GALENO ART S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
El tribunal hizo lugar a la demanda del letrado en la actuación administrativa ante la Comisión Médica y reguló sus honorarios en base a la ley 14.967, estableciendo un monto de 10 jus arancelarios más aportes y IVA, y dispuso su pago por parte de la aseguradora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, el Dr. Salerno Juan Damian, demandó a Galeno ART por honorarios profesionales derivados de su actuación en una Comisión Médica Jurisdiccional, expediente N° 590395/24, en el marco de un reclamo por divergencia en la determinación de incapacidad del trabajador Mario Walter Gutierrez. La sentencia resalta que la intervención del letrado fue obligatoria y normativa en el procedimiento administrativo, de carácter extrajudicial y obligatorio, correspondiente a la gestión ante las comisiones médicas, y que su labor fue esencial para la tramitación del expediente, en línea con lo dispuesto en la ley 27.348 y la ley 14.967. El tribunal fundamenta que la norma establece que los honorarios en estos casos corresponden a la aseguradora y que la labor del profesional en la instancia administrativa es de alta complejidad técnica y jurídica, además de que no hay restricción en el resultado del proceso para el cobro de honorarios. Se regula la suma de diez jus arancelarios, más aportes previsionales e IVA, considerando la labor desempeñada en la gestión administrativa. Las costas del proceso se imponen a la parte vencida.
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