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GONZALEZ MAYRA ELIZABETH C/ MEDISIM SALUD SRL S/ DESPIDO

La resolución declara la incompetencia del tribunal de Lanús y remite la causa a los Tribunales de Lomas de Zamora, en un asunto de competencia territorial en materia laboral. La decisión se fundamenta en la domicilio de la demandada y la normativa aplicable, conforme al artículo 4 de la Ley 15057.

Competencia Competencia territorial Despido Jurisdiccion Remision Laboral Lomas de zamora Ley 15057 Lanus Domicilio.

Quién demanda: GONZALEZ MAYRA ELIZABETH

¿A quién se demanda?

MEDISIM SALUD SRL

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuestión de competencia territorial para la tramitación de un despido laboral.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal del Trabajo Nº 5 de Lanús se declaró incompetente y remitió las actuaciones a los Tribunales de Lomas de Zamora. Fundamentos principales de la decisión: "que la parte actora informa que la presente causa debía iniciarse por ante los Tribunales de Trabajo de Lomas de Zamora, solicitándo su remisión" y "que la parte actora promueve acción por ante los Tribunales de Trabajo de la ciudad de Lanús, y dado que el domicilio de la demandada es en la ciudad de Monte Grande, se solicitó la acreditación de alguna causal de competencia, en virtud de la cual este órgano jurisdiccional debiera intervenir". El tribunal consideró que "el domicilio de la demandada es en la ciudad de Monte Grande", y que, en virtud del artículo 4 de la Ley 15057, corresponde remitir la causa a los tribunales de Lomas de Zamora, donde debe tramitarse el litigio.

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