CARDOZO EDUARDO JORGE C/ FIBRALEMA SA S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
La homologación del acuerdo alcanzado en autos, que implica la aceptación de una suma de dinero en concepto de conciliación, fue homologada por el Tribunal, considerando que la transacción no enerva las disposiciones laborales de orden público y beneficia a las partes con efectos de cosa juzgada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Eduardo Jorge Cardozo, demanda a FibraLema SA y Leonardo Diz en su carácter de presidente de la firma, reclamando una suma de $6.775.591,50 por diferencias laborales. La parte demandada y el actor llegaron a un acuerdo transaccional, el cual fue sometido a homologación. El tribunal consideró que la transacción refleja una justa composición de derechos e intereses, sin afectar disposiciones laborales de orden público, y que su homologación es procedente para conferirle efectos de cosa juzgada. La resolución indicó que las costas son a cargo de la demandada, la cual queda exenta del pago de tasas, con la advertencia de que dicho beneficio cesará en caso de incumplimiento. Además, se regularon honorarios profesionales y se establecieron pautas para el pago, incluyendo la obligación de depositar la suma acordada en la cuenta bancaria del actor y de los profesionales intervinientes, así como la acreditación de cumplimiento y de ingreso en cajas previsionales. La sentencia fue dictada por el Tribunal del Trabajo Nº 4 de Quilmes, integrado por los jueces Ginocchio, Weiss y Ortiz.
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