Logo

AQUINO JORGE ABEL y otros C/ INVERSORA BERA BUS S.A. y otro/a S/ DIFERENCIAS SALARIALES

La sentencia condenó a las demandadas a pagar diferencias salariales por asignación complementaria y declaró la inconstitucionalidad de un artículo de la ley 23.928. La Cámara confirmó la condena y rechazó recursos de prescripción y otros planteos.

Intereses Actualizacion monetaria Prescripcion Fideicomiso Responsabilidad solidaria Remuneracion Relacion laboral Irrenunciabilidad Asignacion complementaria Condena.


¿Quién es el actor?

Dante Marcelo Ponce.

¿A quién se demanda?

Línea 22 S.A. e Inversora Bera Bus S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de diferencias salariales por la asignación complementaria por productividad, y responsabilidad solidaria de ambas empresas por la relación de fideicomiso.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda, condenando solidariamente a las demandadas a pagar $323.796,03, con actualización por RIPTE y tasas de interés, y se declaró la inconstitucionalidad del artículo 7 de la Ley 23.928. Se rechazaron los planteos de prescripción respecto a los períodos anteriores a diciembre de 2018.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Corresponde concluir que la asignación complementaria por productividad tiene carácter remuneratorio, dado que fue pactada como contraprestación por obligaciones específicas del trabajador, y goza de la irrenunciabilidad e inmutabilidad prevista en la normativa laboral. La jurisprudencia ha establecido que los adicionales que cumplen funciones remuneratorias no pueden ser eliminados unilateralmente sin el consentimiento del trabajador, ya que integran la remuneración y generan derechos adquiridos." "Respecto a la responsabilidad solidaria, la existencia del contrato de fideicomiso y la transmisión de fondos y derechos de cobro, habilitan a extender la responsabilidad a Inversora Bera Bus S.A., en su carácter de fiduciaria, conforme a los arts. 827, 828, 1666 y concordantes del Código Civil y Comercial." "La actualización de los montos se realizará mediante el índice RIPTE, y la tasa de intereses será la pasiva que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en depósitos a plazo fijo a 30 días, en línea con la doctrina de la Corte provincial." "Se impusieron las costas en forma solidaria a las demandadas, y se ordenó el depósito del monto de condena en las cuentas bancarias correspondientes, dentro de los 10 días de la notificación de los datos."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar