ROJAS SAMUEL ALEJANDRO NICOLAS C/ BONFANTE ROBERTO HECTOR S/ DESPIDO
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso laboral en el que la demandada abonará $5.000.000 a la actora por despido. La decisión se fundamenta en que la conciliación presenta una justa composición de derechos e intereses, y se homologó conforme a la ley, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios profesionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Samuel Alejandro Rojas, demanda a Roberto Hector Bonfante por despido. La causa fue sometida a conciliación en audiencia preliminar, donde las partes acordaron que la demandada pagará la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000). El tribunal evaluó los términos del acuerdo, el mérito del reclamo y la legalidad de la transacción, concluyendo que la conciliación es justa y adecuada, por lo que homologó el acuerdo. Además, impuso costas a la demandada, reguló honorarios profesionales por $1.000.000 para el Dr. Ignacio Baldarenas y $500.000 para el Dr. Edgardo Luis Lazzarino, y eximió a la parte demandada del pago de tasas y sobretasas de justicia. Se intimó a los profesionales a cumplir con la normativa procesal y a la demandada a acreditar en autos los pagos correspondientes, bajo apercibimiento de liquidación y remisión a la autoridad competente en caso de incumplimiento. Fundamentos principales: "El principio protectorio impera en el Derecho del Trabajo e informa la mayor parte de sus normas, ha sido elevado a la jerarquía constitucional por el art. 14 bis de la Constitución Nacional, se identifica plenamente con el orden publico laboral e inspira la irrenunciabilidad consagrada en el art. 12 de la LCT. Derivación de tal irrenunciabilidad es el art. 15 de la LCT que admite los acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios; no obstante, para su validez y eficacia, exige no sólo la intervención de la autoridad administrativa o judicial sino, también, la emisión de un favorable y fundamentado juicio de valor sobre la conveniencia y justicia de la solución alcanzada." "Valorados los elementos preindicados estimo que la conciliación propuesta presenta una justa composición de derechos e intereses de las partes, por lo que la homologación pedida resulta procedente." "En atención a las previsiones formuladas en el acta de la audiencia preliminar, estimo que las costas deben imponerse a la demandada." Disidencia: No se registran votos en disidencia en este fallo.
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