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ROJAS SAMUEL ALEJANDRO NICOLAS C/ BONFANTE ROBERTO HECTOR S/ DESPIDO

El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso laboral en el que la demandada abonará $5.000.000 a la actora por despido. La decisión se fundamenta en que la conciliación presenta una justa composición de derechos e intereses, y se homologó conforme a la ley, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios profesionales.

Costas Honorarios profesionales Acuerdo conciliatorio Despido Conciliacion laboral Derecho del trabajo Irrenunciabilidad Homologacion acuerdo Ley 15.057 Sentencia homologatoria.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Samuel Alejandro Rojas, demanda a Roberto Hector Bonfante por despido. La causa fue sometida a conciliación en audiencia preliminar, donde las partes acordaron que la demandada pagará la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000). El tribunal evaluó los términos del acuerdo, el mérito del reclamo y la legalidad de la transacción, concluyendo que la conciliación es justa y adecuada, por lo que homologó el acuerdo. Además, impuso costas a la demandada, reguló honorarios profesionales por $1.000.000 para el Dr. Ignacio Baldarenas y $500.000 para el Dr. Edgardo Luis Lazzarino, y eximió a la parte demandada del pago de tasas y sobretasas de justicia. Se intimó a los profesionales a cumplir con la normativa procesal y a la demandada a acreditar en autos los pagos correspondientes, bajo apercibimiento de liquidación y remisión a la autoridad competente en caso de incumplimiento. Fundamentos principales: "El principio protectorio impera en el Derecho del Trabajo e informa la mayor parte de sus normas, ha sido elevado a la jerarquía constitucional por el art. 14 bis de la Constitución Nacional, se identifica plenamente con el orden publico laboral e inspira la irrenunciabilidad consagrada en el art. 12 de la LCT. Derivación de tal irrenunciabilidad es el art. 15 de la LCT que admite los acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios; no obstante, para su validez y eficacia, exige no sólo la intervención de la autoridad administrativa o judicial sino, también, la emisión de un favorable y fundamentado juicio de valor sobre la conveniencia y justicia de la solución alcanzada." "Valorados los elementos preindicados estimo que la conciliación propuesta presenta una justa composición de derechos e intereses de las partes, por lo que la homologación pedida resulta procedente." "En atención a las previsiones formuladas en el acta de la audiencia preliminar, estimo que las costas deben imponerse a la demandada." Disidencia: No se registran votos en disidencia en este fallo.

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