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FLORES FERNANDO EMANUEL y otro/a C/ PROVINCIA ART S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

La sentencia confirma la procedencia del reclamo de honorarios profesionales por tareas realizadas en trámite administrativo ante Comisión Médica, y fija la suma de 47,39 jus arancelarios, más aportes, en favor de los letrados, con costas a la parte demandada.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal analizó la demanda de honorarios por parte de los letrados Fernando Emanuel Flores y Alfredo Pérez Herrera, quienes intervinieron en el expediente administrativo tramitado ante la Comisión Médica 31-B de San Nicolás, en representación del trabajador damnificado. Se constató que los profesionales actuaron en dicho expediente, en tareas extrajudiciales y administrativas, que culminaron con una resolución homologatoria que reconoció la indemnización por incapacidad laboral permanente parcial del 10,60% en favor del trabajador. La sentencia destaca que la asistencia letrada fue obligatoria y que la labor profesional fue probada, correspondiendo la retribución, según la normativa arancelaria vigente (ley N° 14967 y Resolución SCBA 4190/25). La cantidad reconocida equivale a 47,39 jus arancelarios, distribuidos en un 70% para Flores y un 30% para Pérez Herrera, más aportes y IVA si correspondiere. La sentencia además ordena el pago a la parte actora y establece los procedimientos para el cumplimiento, costas y liquidación. La resolución afirmó la procedencia del reclamo y la fijación de honorarios, confirmando la decisión de primera instancia.

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