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MENDIETA CLAUDIA MABEL C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE

La Cámara de Primera Instancia de Lomas de Zamora confirmó la procedencia del reclamo por accidente laboral, invalidando la constitucionalidad del DNU 669/19 y reconociendo la obligación de la ART de pagar la indemnización por incapacidad permanente y daños derivados del accidente.

Recurso de apelacion Indemnizacion Incapacidad permanente Accidente laboral Riesgos del trabajo Jurisprudencia Division de poderes Ley 24.557 Buenos aires. Inconstitucionalidad dnu 669/19

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Claudia Mabel Mendieta, demanda a la ART La Segunda ART S.A. por enfermedad accidente tras sufrir epicondilitis y reacción vivencial anormal neurológica, atribuidos a un accidente laboral ocurrido el 26.10.2021 mientras realizaba tareas de cajera. La demandada reconoce la existencia del contrato y prestaciones médicas, pero impugna liquidaciones y plantea inconstitucionalidad de leyes y decretos, incluido el DNU 669/19. El tribunal, tras analizar prueba pericial médica, psicológica, contable, informes administrativos y fundamentos constitucionales, concluye que:
- El accidente fue laboral y causó incapacidad del 13%.
- La ley 24.557, modificada por leyes 26.773 y 27.348, es aplicable en el momento del conocimiento de la incapacidad.
- El DNU 669/19 es inconstitucional por violar la división de poderes, principios republicanos y derechos progresivos, por lo que se declara su inconstitucionalidad.
- La demanda debe prosperar. La ART debe abonar la suma de $1.177.740, más intereses y costas. Fundamentos principales: "El fallo judicial que declara la existencia previa de tal consecuencia y determina sus efectos no equivale a la consecuencia misma (art. 3 del Código Civil). La promoción de la demanda para obtener el reconocimiento y cobro del crédito ya anudado entre las partes, no puede modificar los parámetros vigentes al tiempo de su nacimiento." Se rechaza la inconstitucionalidad del art. 7 y 10 de la ley 24.557 y se confirma la validez del marco normativo vigente. Asimismo, se declara la inconstitucionalidad del DNU 669/19 por su carácter ilegal y usurpación de facultades legislativas, vulnerando la división de poderes y derechos progresivos, en línea con precedentes de la Corte y la jurisprudencia local. Por último, se condena a la demandada a pagar la suma de $1.177.740 en concepto de indemnización y se imponen costas a la parte vencida.

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