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LUGO ANTONIO RODOLFO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ DESPIDO

La Cámara del Trabajo de Zárate-Campana declaró la caducidad de la instancia por inactividad del actor, conforme a la normativa vigente, y dispuso el archivo de los autos. La decisión se fundamenta en la inacción del actor tras el apercibimiento, en línea con el art. 11 de la ley 15057, y en la jurisprudencia que respalda la caducidad por inacción procesal. La sentencia fue votada unánimemente por las magistradas y se resolvió en consecuencia.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Lugo Antonio Rodolfo, demandó a la Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. por despido. El tribunal, tras constatar la inacción del actor por más de seis meses desde el último acto procesal, intimó a reactivar el trámite bajo apercibimiento de caducidad. La abogada del actor informó que renunció al mandato por incompatibilidad y notificó al actor, pero no se impulsó el proceso. La Cámara consideró que, conforme al art. 11 de la ley 15057, procede declarar la caducidad de la instancia debido a la inacción, en línea con la jurisprudencia de la SCBA. La decisión fue ratificada por todos los jueces del tribunal, quienes votaron en concordancia. La sentencia fundamenta que la caducidad busca sancionar la inacción de los litigantes en el momento en que deben impulsar el proceso, y que no existe imposibilidad objetiva que justifique la inacción del actor.

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