OYARBURU PEDRO RODOLFO C/ BUENOS AIRES ENERGIA SA S/ DIFERENCIAS SALARIALES
La homologación del acuerdo conciliatorio en el proceso por diferencias salariales, con reconocimiento de la suma de $9.500.000, y la eximición de la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual, fue homologada por mayoría, confirmando la validez del acuerdo y estableciendo los honorarios y costas correspondientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal del trabajo homologó un acuerdo conciliatorio en autos por diferencias salariales entre Pedro Oyarburu y Buenos Aires Energía S.A., por la suma de 9.500.000 pesos, con costas a cargo del demandado. La mayoría del tribunal decidió eximir de la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual del acuerdo, mientras que un magistrado disidente propuso no eximir dicha tasa. La decisión se fundamenta en el art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y en precedentes de la SCBA. Se regulan honorarios de letrados y peritos, y se deja constancia del cumplimiento de requisitos formales.
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